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Empresas relacionadas con la Construcción – Obligatoriedad REA y apertura centro de trabajo.

Todas las empresas que se dedican al sector de la Construcción o que realizan trabajos en obras de construcción están OBLIGADAS a comunicar cada centro nuevo de trabajo donde se realizan trabajos de construcción, según establece el Real Decreto Ley 1/1986.

Todas las empresas con trabajadores a su cargo tienen la obligación de comunicar a la autoridad laboral la apertura de un centro de trabajo. Es decir, cuando iniciéis trabajos en una obra se tiene que informar a la autoridad laboral.

La falta de comunicación de la apertura de un centro de trabajo se sanciona con multas de entre 60 y 625 euros. Si la actividad que desarrolla la empresa es considerada peligrosa, insalubre o nociva, la sanción puede oscilar entre los 626 y los 6250 euros.

Asimismo, todas las empresas con trabajadores a su cargo tienen la OBLIGACIÓN de tramitar el REA (Registro de empresas acreditadas), cuyo objetivo es acreditar que las empresas que operan en el sector de la construcción cumplen los requisitos de capacidad y de calidad de la prevención de riesgos laborales. Toda empresa que pretenda ser contratada o subcontratada para trabajos en una obra de construcción deberá estar inscrita en el mencionado REA.

Desde nuestro departamento os podemos tramitar tanto la APERTURA DE CENTRO DE TRABAJO como el REA.

Si necesitáis información y ayuda, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.

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